Factura electrónica

Presentación de una factura electrónica a través del e-FACT

La factura electrónica es una modalidad de factura que contiene todos los datos de una factura tradicional y en que no se utiliza el papel como soporte sino un documento electrónico que ha sido firmado digitalmente.

La factura electrónica es una modalidad de factura que contiene todos los datos de una factura tradicional y en que no se utiliza el papel como soporte sino un documento electrónico que ha sido firmado digitalmente.

La ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica y de creación del registro contable de facturas en el Sector Público, establece que todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios en la Administración Pública podrán facturar en formato electrónico, estando obligadas, en cualquier caso:

  1. Sociedades anónimas.
  2. Sociedades de responsabilidad limitada.
  3. Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídicas que no tengan nacionalidad española.
  4. Establecimientos permanentes y sucursales de actividades no residentes en el territorio español en los términos establecidos en la normativa tributaria.
  5. Uniones temporales de empresas.
  6. Agrupaciones de interés económico, Agrupaciones de interés económico europeas, Fondos de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

La Farga Gestión de Equipamientos Municipales de L’Hospitalet de Llobregat (La Farga), en el marco que establece la ley, ha tomado la decisión de que esta obligación existirá siempre y cuando el importe de la factura a presentar en La Farga sea superior a 5.000 euros, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

No obstante las limitaciones de obligatoriedad anteriores, cualquier persona, física o jurídica, que tenga que presentar facturas en La Farga independientemente del importe podrá hacerlo en formato electrónico.

Las facturas se presentarán en formato Facturae a través de Internet, deben estar firmadas electrónicamente y debe incluir la identificación necesaria para relacionarlas con los datos de contratación y autorización del gasto para poder tramitarlas y, en concreto, los siguientes datos:

  1. Identificar los órganos administrativos, bajo el campo AdministrativeCentre, de la siguiente forma:
    1. La Oficina Contable, se identifica como un centro (CentreCode) con el código LA0010894 y el rol (RoleTypeCode) 01.
    2. L’Òrgan Gestor, se identifica como un centro (CentreCode) con el código LA0010894 y el rol (RoleTypeCode) 02.
    3. La Unitat Tramitadora, se identifica como un centro (CentreCode) con el código LA0010894 y el rol (RoleTypeCode) 03.
    4. Identifique el servicio de La Farga que hace el encargo y ha recibido el servicio que se factura. Para hacerlo, identifique un cuarto AdministrativeCentre con los siguientes valor:
      • El campo centro (CentreCode) se dejará en blanco.
      • En el campo de rol (RoleTypeCode) se introducirá el código 04, que identifica según el estándar el Órgano Promotor.
      • En el campo nombre (Name) se introducirá la denominación La Farga.
  2. En caso de que el encargo se haya formalizado a través de un acuerdo o resolución de La Farga, el número de resolución se incorporará en el campo ReceiverContractReference de la factura electrónica.


Entre en el Buzón de entrega de facturas (https://efact.eacat.cat/bustia/?emisorId=1377) y siga las instrucciones.

  • Factura en formato Facturae
  • Documentación adjunta requerida en el contrato

  • Si es la primera vez que factura a La Farga o ha cambiado los datos de su cuenta bancaria:
  • Impreso de transferencia bancaria para el alta o modificación
  • NIF (fotocopia)
  • Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica y de creación del registro contable de facturas en el Sector Público
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